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Afirman que un fallo contra sindicalistas no afecta el derecho a reclamar

El viernes la Cámara Tercera en lo Criminal, conformada, en sala unipersonal, por el juez Ernesto Azcona, condenó a los dirigentes sindicales Daniel Tabares y Daniel Hernán Rivero, como autores penalmente responsables del delito de instigación a cometer delitos a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional.

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Tanto Tabares como Rivero son dirigentes de uno de los sindicatos que representa los intereses de los trabajadores de Sameep y en septiembre de 2021 protagonizaron hechos violentos.

A poco de conocerse este fallo condenatorio, desde la querella explicaron que bajo ningún concepto puede considerarse que las disposiciones, que incluye prohibiciones de acercamiento a edificio y personas, afecta el derecho de protesta dado que las acciones que fueron juzgadas claramente exceden lo que es un reclamo sindical.

"No tiene absolutamente nada que ver con protesta social o la actividad de reclamo sindical. Lo que ocurrió en septiembre de 2021 fue un hecho que sobrepasa las molestias propias de protestas o reclamos", explicaron.

"Fueron los protagonistas principales de hechos como  lesiones, amenazas, coacciones, incendio doloso, daños a bienes del Estado, atentado y resistencia a la autoridad e impedimento de prestación de servicios esenciales", señalaron.

En tanto, en el fallo se señaló que "los reclamos de ser atendido personalmente por el Presidente de la empresa de Sameep, aún el incumplimiento de compromisos asumidos, no habilita para ejercer el derecho gremial a través de la instigación de cometer delitos para, como en el caso, ocasionar daños en la propiedad de la empresa, o lesionar a personas que se encontraban en su lugar de trabajo. Afectando, en definitiva, la esencialidad del servicio que presta tal empresa".

"En otras palabras, estamos frente a una conducta, típica antijurídica y culpable, ya que los imputados Daniel Tabares y Daniel Hernán Rivero, ni estuvieron ante un grave incumplimiento en materia de derechos sociales garantizados constitucionalmente, ni tampoco forman parte de los sectores más vulnerados y excluidos de nuestro sistema social", añadieron.

Tabares como Rivero, líderes en la manifestación del gremio SOSCH impulsaron a más de treinta personas indeterminadas, que formaron parte de la realización de desmanes y actos vandálicos aquel día, causándose daños en el inmueble, al mobiliario, así como a la correcta y adecuada prestación de servicios esenciales (propios de esta empresa estatal) y lesiones a personas en el ámbito de la sede Central de SAMEEP.

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