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Un tiro para el lado de la Justicia

Torturas a soldados en Malvinas: la Procuración considera que son delitos de lesa humanidad

Lo dictaminó Eduardo Casal, y recomendó a la Corte que anule el fallo de Casación que los declaró prescriptos. Muchos excombatientes chaqueños esperan poder continuar con sus demandas.

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Facsímil de la “orden especial 4/82 para el repliegue y la desmovilización” en la que se manda a los excombatientes que guarden silencio sobre lo ocurrido en Malvinas.

   El procurador se opuso a la Cámara Federal de Casación que había rechazado –basada solamente en un fallo de 2009- que las torturas denunciadas por los excombatientes fueran delitos de lesa humanidad, "sin expedirse sobre todos los planteos que resultaban conducentes para la solución del caso".

   La Justicia de primera instancia y la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia habían fallado que las torturas que sufrieron los soldados en Malvinas por parte de sus jefes militares debían considerarse "delitos de lesa humanidad", y en consecuencia, imprescriptibles. Luego, la Cámara Federal de Casación Penal había rechazado esa calificación y ordenado el cierre de la causa.

   La Sala I de Casación, con las firmas de Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa (esta en disidencia), había hecho lugar al recurso presentado por el abogado Manuel Eduardo Barros, defensor de Jorge Oscar Ferrante, quien era subteniente y jefe de una sección durante la guerra de Malvinas, y devolvió el expediente a la Cámara de Comodoro Rivadavia "para que dicte una nueva resolución de acuerdo con los lineamientos expuestos en la presente".

   Los representantes legales de las víctimas, la Fundación Soberanía y Memoria del Chaco, el Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata, la Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires y la Fiscalía General, apelaron.

   Tras el análisis de la presentación, el procurador Casal consideró que la forma en que la Casación resolvió el reclamo "no constituye la derivación del derecho vigente aplicado a las circunstancias particulares del caso", porque "se trata de hechos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos".

   El procurador continuó afirmando que el fallo de la Casación "merece ser descalificado en los términos de la doctrina de la arbitrariedad, por haberse abocado a la consideración de una sentencia no definitiva, y reemplazado el criterio de los jueces de instrucción mediante un examen parcial de las cuestiones pertinentes". Y finalizó: "Corresponde hacer lugar a los recursos extraordinarios interpuestos y dejar sin efecto la sentencia apelada".

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El abogado Ávila y el investigador Ortega, de la Fundación Soberanía y Memoria, de nuestra provincia.

Fundación Soberanía y Memoria

   El abogado Miguel Ángel Ávila y el profesor Héctor Ortega, de la Fundación Soberanía y Memoria, son representante legal e investigador de los querellantes chaqueños y correntinos en la causa que juzga los maltratos, abusos y torturas cometidas por oficiales y suboficiales del Ejército argentino contra sus propios soldados en la guerra de Malvinas. El proceso, iniciado en 2006, ha venido superando obstáculos durante estos 16 años, el último de ellos el fallo de Casación que ahora el procurador Casal recomienda desestimar.

   Ávila y Ortega han recogido infinidad de testimonios sobre humillaciones, maltratos, hambrunas, vejaciones y torturas que los superiores infligieron a los conscriptos en las islas. "Fue como en los casos de abusos contra los niños, que generalmente no saben ni pueden manifestar directamente lo que han sufrido, ni quién les hizo daño, sobre todo si es alguien cercano y con algún tipo de ascendiente sobre él", cuenta Ortega.

   "Hay que pensar que aquellos chicos de 1982, hambreados y derrotados, fueron culpabilizados por sus jefes tras la derrota. Al llegar, los llevaron a Campo de Mayo para engordarlos y darles ropas un poco más decentes antes de devolverlos a sus familias. Y para poder salir, los obligaron a firmar documentos de confidencialidad en los que se comprometían a no revelar nada de lo sucedido. En el primer aniversario del inicio del conflicto, el coronel Ruiz Palacios les prohibió que realizaran un desfile, y los soldados chaqueños tuvieron que ir adentro del cementerio a homenajear a sus compañeros caídos. Fueron obligados a un pacto de silencio. Se tragaron sus experiencias, por miedo, por confusión, por amedrentamiento. Por cosas como esa fue que el asunto vino a explotar veintipico de años después", detalla.

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