El STJ condenó a prisión perpetua a un policía por asesinar a un joven
El 22 de octubre de 2017 fue ejecutado de un disparo en la cabeza Jesús Ramón Martínez. El máximo tribunal modificó la condena.
El agente de policía Luis Alfredo Sánchez fue condenado a prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por ser miembro integrante de las fuerzas de seguridad.
Así lo resolvió el Superior Tribunal de Justicia al revisar parcialmente la sentencia 82/2020 de la Cámara Primera en lo Criminal de Resistencia y adecuar la condena a la luz de las pruebas presentadas durante el juicio.

Además, confirmó la absolución del sargento Jorge Raúl Duré por el principio de la duda. La decisión de la Sala Penal, firmada por los jueces Víctor Emilio del Río y Rolando Toledo, tuvo como eje lo ocurrido en el marco de un operativo policial en Barranqueras y Puerto Vilelas alrededor de la 1.30 de la madrugada del 22 de octubre de 2017.
Duré y Sánchez entran en escena cuando descendieron del móvil policial en Diagonal Eva Perón al 403 para continuar a pie la persecución de Jesús Ramón Martínez, quien venía de abandonar una motocicleta robada en la que circulaba junto con Guillermo Alberto Infrán.
Momentos después, Duré disparó una posta de goma con su escopeta y doblaron en calle Bolivia. Aproximadamente al 469 alcanzaron y redujeron a Martínez, a quien el agente Sánchez le disparó en la cabeza con su pistola semiautomática, producto de lo cual la víctima falleció horas más tarde.
LOS PUNTOS DERRIBADOS POR EL MÁXIMO TRIBUNAL
Los jueces del STJ analizaron el razonamiento de las camaristas que condenaron a Sánchez a quince años de prisión por homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, al señalar que "no se trató del accionar de un ‘lobo solitario‘ o del marco de una ‘cacería de patos’"; sino que se trataba de "un despliegue coordinado de fuerzas de seguridad, con la participación de móviles y personal pertenecientes a distintas dependencias policiales‘.
Así dijeron que la Cámara debió analizar y valorar los hechos y las pruebas de modo no convencional, "desde un enfoque estructural, en relación con el actuar de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de sus funciones, a los fines de colaborar con la reconstrucción de organizaciones burocráticas".
De esta manera, Del Río y Toledo descartaron que la pretensión de exceso en la legítima defensa que postulaba la defensa de Sánchez, pues existían numerosos elementos que "favorecían una aprehensión exitosa, sin que pudiera entonces sostenerse, válidamente, que el forcejeo con el sospechoso constituía la única alternativa".










