Cuáles son las acciones reparatorias en la sentencia del juicio por Napalpí
Políticas públicas específicas en Educación, Salud y condiciones de vida, comunicarlo en el exterior y continuar con la búsqueda de restos, son algunas de las medidas.
Este jueves 19 se conoció el fallo del primer juicio por la masacre indígena perpetrada el 19 de julio de 1924 en Napalpí, Chaco, como crimen de lesa humanidad.

Luego de escucharse los alegatos y de pasar a un cuarto intermedio, la jueza federal Nº1 de Resistencia Zunilda Niremperger dio a conocer la sentencia de un proceso que se había iniciado el 19 de abril de este año.
Como se trata de un juicio por la verdad, sin imputados, las disposiciones apuntan a una reparación histórica por parte del Estado.
ALGUNAS MEDIDAS
Una diversidad de exposiciones permitió esclarecer las responsabilidades por el genocidio indígena qom y moqoit y campesino cometido en un área rural próxima a Quitilipi y Machagai.
Es por eso que las medidas dispuestas buscan que el Estado nacional impulse un acto de reconocimiento hacia las víctimas y convoque una mesa de trabajo abocada a definir políticas públicas reparatorias en educación, salud, condiciones de vida, entre varios aspectos.
CON TRADUCCIÓN
Como en la Masacre de Napalpí fueron asesinadas más de 500 qom y moqoit, la parte dispositiva de la sentencia se tradujo en simultáneo en esas lenguas originarias y en lengua de señas.
A MANSALVA
En el primer punto del veredicto la jueza declarar como hechos probados que un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes y algunos civiles dispararon con sus fusiles y carabinas a mansalva contra los campesinos que sostenían una huelga para reclamar por las condiciones a las que eran sometidos.
Vivían hacinados y trabajaban durante extensas jornadas para la reducción indígena o vecinos hacendados, mientras cobraban con vales.
Se calcula que al menos 400 personas fueron fusiladas y sus cuerpos se enterraron en fosas comunes. Entre las víctimas había también niños y mujeres, algunas embarazadas.
Los sobrevivientes se escondieron durante mucho tiempo para evitar su captura.
OTRA HISTORIA
Como por décadas se contó una historia diferente en busca de encubrir los hechos, el juicio permite "declarar como hecho probado que existió responsabilidad del Estado nacional argentino en el proceso de planificación, ejecución y encubrimiento en la comisión del delito de homicidio agravado con ensañamiento con impulso de perversidad brutal" (art. 80, inc. 2 del C.P según redacción 1921-).
Así la justicia federal con sede en Resistencia "declara que la Masacre de Napalpí es un crimen de lesa humanidad cometido dentro de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas".
Uno de los capítulos reconoce al Estado chaqueño haber impulsado medidas como el pedido de disculpas del gobernador a los pueblos indígenas en 2008, cambios curriculares y que qom, wichi y moqoit sean lenguas oficiales como el castellano.










