Las conductas que agreden el ambiente
La mayoría de los estragos ambientales que se registran en distintas regiones del país son causados por actividades humanas. Pero como la figura de delito ambiental no existe en la Argentina, quienes provocan daños en los ecosistemas, la biodiversidad y la salud de la población, no pueden ser investigados ni condenados por la justicia. Así lo advierten distintas organizaciones defensoras del ambiente que exigen que los delitos ambientales sean incluidos en el Código Penal.
Una de las organizaciones que se sumó a la petición, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, explica que el Código Penal de la República Argentina se encuentra vigente desde 1921 y no regula de manera directa, concreta y autónoma delitos contra el “bien jurídico ambiente” en términos colectivos. Advierte, además, que en el derecho penal existen conductas tipificadas que protegen bienes jurídicos tales como la salud pública, seguridad, propiedad, pero no se encuentran tipificadas las conductas que agreden al ambiente de manera autónoma.
Otras organizaciones no gubernamentales como Jóvenes por el Clima, Eco House, Consciente Colectivo, Alianza por el Clima, Fundación Vida Silvestre y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, entre otras, observan que en la Argentina es mucho más punible penalmente romper la ventanilla de un auto -algo que está muy mal, por supuesto-, que quemar un millón de hectáreas de bosque y humedales, como bien señaló el abogado ambientalista, Enrique Viale, en un plenario sobre delitos ambientales que organizó el Senado de la Nación.
Desde la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, por otra parte, se señala que en 2020 más de un millón de hectáreas fueron arrasadas por el fuego; mientras que en los primeros meses de este año se quemaron más de 40 mil hectáreas. La Fundación agrega que, según datos oficiales, más del 90 por ciento de los incendios fueron causados por actividades humanas relacionadas con el avance de la frontera agropecuaria, los negocios inmobiliarios y la acción de las mineras.
“La grave crisis ambiental que padece la argentina, agravada por la situación de los incendios en el sur y el crecimiento del desmonte en la región del Chaco, hace necesario que contemos con herramientas legales que puedan ser más efectivas para perseguir a quienes sean responsables de estos crímenes ambientales”, sostiene la fundación en un comunicado de prensa que publicó para sumarse al reclamo para que los delitos ambientales sean incorporados en el Código Penal.
Hace pocos días el gobierno provincial, a través de un informe de la Subsecretaría de Desarrollo Territorial afirmó que en el Chaco “con mucho esfuerzo el desmonte disminuye” y que se tomó como máxima prioridad la conservación de la masa boscosa. Pero más allá de las declaraciones oficiales, que siempre tienden a ser optimistas, es de esperar que la Argentina incorpore en su código penal los delitos ambientales, como lo hicieron otros países como Estados Unidos, Alemania, España, Canadá, Corea del Sur, Australia, Nueva Zelanda y también varias naciones europeas que son muy estrictas con la protección del ambiente, lo que hace que empresas extractivistas de esas nacionalidades tengan interés en radicarse en América Latina donde no existe la posibilidad de ser juzgados penalmente por cometer crímenes ambientales.
La pesca ilegal en el mar, la caza de especies amenazadas, la deforestación de los bosques nativos y el relleno de humedales, son solo algunos ejemplos de otros delitos ambientales que no están siendo considerados y juzgados como tales, sostiene la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, tras señalar que en un contexto de crisis climática y de frecuentes avasallamientos sobre el ambiente, resulta urgente la implementación de marcos legales, herramientas y políticas públicas que protejan a nuestro entorno y las personas que viven en él.
Debe coincidirse con el director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, Andrés Nápoli, cuando explica que el Código Penal tipifica conductas que ocasionan daños y que la sociedad considera que deben ser penalizadas, y que actualmente quien produce un daño ambiental, al no ser considerado un delito, la máxima sanción que puede recibir es una multa, la mayor parte de las cuales no se paga o en todo caso resultan irrisorias.










