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España: trabajadores que llevan envíos a domicilio no son “autónomos”

La legislación llamada “Ley Rider” aprobada esta semana recogió sentencias del Tribunal Supremo que concluyó que empresas como Glovo, Deliveroo o Uber Eats, entre otras, mantenían repartidores bajo la figura de "falso autónomo" cuando debían ser asalariados.

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    El Ministerio de Trabajo aprobó el decreto para la “Protección de los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto a través de plataformas digitales”, con una serie de medidas que determinan "presunción de laboralidad" y obligatoriedad de "informar a las personas trabajadoras sobre los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que incidan en las condiciones de trabajo".

   Durante años, empresas de reparto mantuvieron a gran parte de sus mensajeros bajo la figura del autónomo, lo que permitía eludir cotizaciones a la seguridad social y flexibilizar en forma extrema las condiciones de trabajo.

   "No hay ningún país del mundo, después de California y la anulación de su norma, que se haya atrevido a legislar en esta materia", explicó Yolanda Díaz, ministra de Trabajo española. La nueva ley establece un periodo transitorio de tres meses para que las plataformas se adapten a la ley laboral y contraten a sus repartidores como trabajadores asalariados. 

   Este plazo fue criticado por sindicatos como la UGT porque permitirá a las plataformas digitales que "desconecten al máximo número de trabajadores" y "reduzcan el número de empleados por cuenta ajena al final del proceso".

   Desde la Asociación de Plataformas de Servicios bajo demanda (APS), que engloba a estas empresas de reparto, lamentaron "la aprobación, por la vía de urgencia y sin debate parlamentario, de un decreto que pone en riesgo el desarrollo de un sector que aporta más de 700 millones de euros al PBI español y que ha sido elaborado sin tener en cuenta a sus principales actores: restaurantes, plataformas y, lo más sorprendente, a los propios repartidores".

   Las plataformas cuentan con el apoyo de organizaciones de repartidores amarillas, como Repartidores Unidos, que aseguran que la ley provocará la "destrucción y precarización de nuestro trabajo" y que quieren “seguir siendo autónomos”.

   Por el contrario, empresas como Just Eat, que tiene a todos sus trabajadores registrados como asalariados, celebraron la nueva regulación, ya que "genera la seguridad jurídica necesaria para operar con dos principios fundamentales: garantizar los derechos de los repartidores dándoles un contrato de trabajo, y asegurar que todas las empresas del sector desarrollen su actividad bajo las mismas reglas".

   La ministra de Trabajo agregó que la ley afectará “absolutamente a todas y cada una de las empresas de España" que se basen en aplicaciones digitales, no solo al reparto de comida a domicilio, sino a todas las empresas "que empleen algoritmos o inteligencia artificial" como herramienta central de su funcionamiento. 

   El nuevo decreto ley modifica el Estatuto de los Trabajadores en el artículo 64, que añade el “derecho a la información”, por el cual los trabajadores podrán conocer los algoritmos que inciden en sus condiciones de trabajo, en el acceso y mantenimiento del empleo.

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