Acceso a la justicia de las personas con discapacidad
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por la Argentina mediante la ley 26.378, subraya la necesidad de facilitar el acceso a la justicia a las personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo. Si bien en el Chaco y en el resto del país se ha avanzado en esta materia, todavía falta mucho por hacer para superar la perspectiva asistencialista y reconocer a las personas con discapacidad como sujetos de derechos.
El Programa Nacional de Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones con la Administración de Justicia (Adajus), creado en el año 2011, advierte que este sector de la población muchas veces encuentra diferentes obstáculos que dificultan el pleno ejercicio de sus derechos cuando participan de los procesos judiciales o administrativos, ya sea por dificultades en el acceso a la información sobre sus derechos y la forma de ejercerlos, el trato no adecuado por parte de las fuerzas de seguridad en los diferentes procedimientos, abordajes incorrectos en los procedimientos periciales, y el desconocimiento por parte de los operadores judiciales de la normativa vigente sobre discapacidad, entre otras situaciones.
En los ámbitos judiciales muchas veces se desconoce que, en rigor, son las barreras (culturales, arquitectónicas, económicas, sociales, comunicacionales, etc.) las que acentúan la deficiencia física que pueda tener una persona. Pero si se realizan las adecuaciones necesarias para la atención de las personas con discapacidad esas barreras se eliminan y, de esa manera, se facilita el acceso. Así, por ejemplo, una persona que utiliza una silla de ruedas para movilizarse puede verse impedida de realizar un trámite en una sede judicial si ésta no cuenta con una rampa de ingreso al edificio. En el caso de una persona sordomuda la barrera puede presentarse si el servicio de justicia no cuenta con un intérprete de Lenguas de Señas Argentina o con operadores que no tengan un conocimiento de lo relacionado con esta discapacidad. Debe tenerse en cuenta que, como bien señalan las autoridades del Programa Nacional de Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones con la Administración de Justicia, se han observado casos en poblaciones más vulnerables económicamente en los que jóvenes con discapacidad auditiva son usados para cometer delitos en grupo y generalmente son los que quedan detenidos. En estos casos, es necesario que tanto los operadores como los auxiliares de la justicia recuerden la importancia de contar con la ayuda de un traductor de Lengua de Señas para garantizar el derecho de las personas con discapacidad involucradas a ejercer su defensa frente a las acusaciones que se le formulan.
Cabe recordar que, cuando se refiere a acceso la justicia, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad señala en su artículo 13, que “los Estados partes asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las demás, incluso mediante ajustes de procedimiento y adecuados a la edad, para facilitar el desempeño de las funciones efectivas de esas personas como participantes directos e indirectos, incluida la declaración como testigos, en todos los procedimientos judiciales, con inclusión de la etapa de investigación y otras etapas preliminares”. También observa que “a fin de asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a la justicia, se promoverá la capacitación adecuada de los que trabajan en la administración de justicia, incluido el personal policial y penitenciario”.
Es necesario que se adopten medidas para corregir tanto las deficiencias edilicias que puedan representar una barrera, como los problemas de comunicación que puedan tener las personas con discapacidad al momento de presentar denuncias o defenderse de acusaciones. Las Facultades de Derecho también deben colaborar en la construcción de una sociedad con instituciones que garanticen el pleno acceso a la justicia de las personas con discapacidad, incorporando materias que aborden esta problemática que es de interés para un importante sector de la comunidad (según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), en la Argentina el 10,2 por ciento de la población tiene algún tipo de discapacidad). Por último, debe recordarse que el acceso a la justicia es un principio básico del Estado de Derecho y que, por lo tanto, es enorme el desafío que la sociedad en general, y la Justicia en particular, tienen por delante para garantizar los derechos de quienes tienen alguna discapacidad.










