“Se excomulga a la mujer que aborta, no a legisladores ni a un presidente”
Una teóloga explica una de las sanciones de la iglesia católica. Además cuestiona el silencio clerical ante denuncias de abuso a monaguillos.

El artículo 1398 del derecho canónico señala que quien procura un aborto incurre en ’excomunión en latae sententiae’, es decir de manera automática.
‘Esa sanción se reduce únicamente a la mujer que aborta y no puede extenderse a legisladores‘, señala María de los Ángeles Roberto, teóloga y magister en Sagradas Escrituras.
La especialista explicó a NORTE que la medida no incluye ni a diputados que dieron media sanción al proyecto de interrupción voluntaria del embarazo ni a los senadores que piensen votar a favor el próximo 8 de agosto.
‘Menos aún al presidente, porque él solamente habilitó el debate y eso no significa que vaya a propiciar un aborto‘, explicitó.
La aclaración responde a expresiones de un sacerdote chaqueño que provocaron revuelo esta semana. Rafael del Blanco dijo al periodista Ernesto Tenenbaum que la excomunión también alcanzaba a las personas que contribuyan directa o indirectamente: ‘apoyando o haciendo una acción que haga posible que el aborto se realice‘.
Más papistas que el Papa
Roberto escuchó el diálogo -en Radio Con Vos- y señala que durante la entrevista el sacerdote ‘ni siquiera se acordaba del número preciso del artículo, habló desde una ignorancia llamativa para un religioso‘.
Aunque reparó que la mayoría de los curas no sepan, lo aconsejable es no hablar sobre lo que se desconoce.
‘Esto pasa cuando algunas personas quieren ser más papistas que el Papa; el mismo Francisco conoce el derecho canónico y sabe cómo se aplica‘, continuó.
De hecho, lejos de amenazar con la excomunión en noviembre el Pontífice aprobó que los sacerdotes puedan perdonar el pecado del aborto indefinidamente, sin necesitar antes una autorización de un obispo o del propio pontífice, como ocurría hasta entonces.
La decisión de la Santa Sede se difundieron en la carta apostólica Misericordia et misera, de conclusión del Jubileo extraordinario que finalizó en 2017.
En el documento de 21 páginas Francisco dio indicaciones detalladas sobre el camino a seguir para que los católicos se mantengan en la senda de la misericordia, la reconciliación y el perdón.
LESIÓN DE DERECHOS
Por otra parte en una nota reproducida por Infobae el padre Rafael señaló que cualquiera de los diputados que votaron a favor del aborto hoy estarían excomulgados ’si lo hicieron con plena conciencia y conocimiento de esa acción’. E indicó que si el presidente Macri facilitó la aprobación de la ley también quedaba automáticamente excomulgado.
‘Él se puede confesar, recibir la absolución y volver a participar de la Iglesia. Pero primero tiene que confesar el pecado de materia grave‘, dijo. Para la también profesora en Letras por esas declaraciones al sacerdote lo alcanzaría el artículo 220 del Código de Derecho Canónico.
La norma determina que: ‘A nadie le es lícito lesionar ilegítimamente su buena fama ni violar el derecho de una persona a proteger su propia intimidad‘.
Roberto considera que al haber señalado que serían excomulgados una diputada nacional como Aída Ayala -que votó a favor del proyecto de IVE- o al presidente Mauricio Macri, en caso de que promulgue la ley Del Blanco violó ese derecho.
‘Con esos pronunciamientos se está violando la intimidad de las personas y se las está atacando‘, asegura la mujer comprometida con las madres de víctimas de trata en el país.
Además lamentó que el clero actúe con velocidad para sancionar a quienes se pronunciaron a favor del aborto legal, y sin embargo obre con demasiada lentitud en acusaciones a sacerdotes por delitos contra la integridad sexual.










