Nueva ley de mercado de capitales: de un marcado intervencionismo estatal a un modelo de control dual
Los cambios en la Ley de Mercado de Capitales (ahora Ley de Financiamiento Productivo) responden a un nuevo modelo donde la presencia del Estado se reduce notablemente, en un claro contraste con el modelo de la norma sancionada en diciembre de 2012.
Además, las modificaciones tienen en su esencia, como en otras épocas, aumentar la base de inversores –principalmente minoristas- y de empresas que accedan al mercado. En concreto, dar dinamismo al financiamiento disponible para pequeñas y medianas empresas.

Con media sanción de Diputados, la ley es tratada ahora en el Senado. La semana pasada, oficialismo y oposición no lograron acuerdos, por lo que pasará a ser tratada en sesiones extraordinarias con expectativas de sanción antes que finalice 2017.
“Es una ley que modifica a otras leyes y que dará dinamismo al financiamiento de las pymes”, definió en un marco general Marcelo Nievas, director de FNV Capital S.A. (agente productor matrícula Nº 750 de CNV), una empresa chaqueña que administra activos y asesora en inversiones. Así, explicó que desde el punto de vista del mercado de capitales en sí “hay varios cambios pero no hay nada sustancial”, ya que no se trata de una nueva norma que llegue para modificar abruptamente todo el esquema de funcionamiento.
La Ley de Mercado de Capitales es relativamente nueva en el país. Fue sancionada en diciembre de 2012. “Hasta ese momento, el mercado de capitales se autorregulaba. Con la ley, el sistema pasó a dar mucha injerencia a la Comisión Nacional de Valores (CNV), aunque sin prever los recursos necesarios para las mayores atribuciones. A tal punto que el artículo 20 le permitía interferir directamente en el directorio de las empresas que cotizaban en el mercado de capitales, y hasta desplazarlo por 180 días sin una orden judicial, algo que el mercado criticó desde su aprobación”, recordó Nievas, quien fue gerente general de la CNV entre 2014 y 2015.
En cambio, la nueva ley –según el proyecto que está en debate en el Senado- viene a “sacar el modelo de excesivo control estatal y se pone en el medio”, ponderó el economista. De hecho, se autodenomina como “un modelo de control dual del mercado de capitales, donde la CNV no cede ninguna prerrogativa que tiene por ley, pero descansa en el control que los mercados y las cámaras compensadoras puedan hacer de los agentes que funcionan en el mercado”, reveló Por eso, esta nueva ley está llamada a “corregir esas diferencias” que tiene la actual gestión de gobierno con respecto a cómo estaba estructurada la anterior gestión.
Además, le otorga a la CNV la prerrogativa para modificar cuestiones que antes debían hacerse sí o sí a través del Ministerio de Hacienda nacional. Por ejemplo “definir requisitos de patrimonio que deben tener los agentes o modificar montos por los cuales se considera que una empresa es una pyme”.
Nuevos instrumentos
En tanto, la nueva ley agrega varios instrumentos de fomento a la inversión, como aquel vinculado al descuento de facturas. “Plantea que el cheque, en un mercado de tasas altas, es insuficiente como mecanismo de financiamiento de capital de trabajo y ahora las empresas pueden descontar una factura”, explicó Nievas.

Otro aspecto positivo que introduce el proyecto está vinculado a los fondos de inversión cerrados, que ahora buscarán igualarse con los tradicionales fondos comunes abiertos. “Sirven para financiar proyectos específicos. Es decir, facilitan el vehículo, para poder usar un instrumento del mercado de capitales y ampliar la base de inversores a conseguir”, precisó el economista. También faculta, en la parte de fondos, a crear ETF (por sus siglas en inglés exchange-traded fund o fondo de inversión cotizado), que son “fondos que replican los movimientos de un índice o de otros activos como acciones o materias primas”. “Es algo que hay en todo el mundo y Argentina no tenía”, contrastó.
A nivel regional, Nievas consideró que “pueden ser buenos los instrumentos para las pymes”. “En esta región, las líneas no subsidiadas son muy pocas y las posibilidades de financiarse se reducen. Entonces, poder cobrar anticipadamente una factura permitirá diferir el IVA, con lo cual será una ventaja impositiva y además un instrumento para conseguir financiamiento; aunque el problema es que esto no se aplicará de inmediato”, señaló.
Al margen, consideró que, por más cambios que se promuevan, si existe “una macroeconomía desordenada”, sin resolver el problema de la inflación y con tasas de interés insostenibles, la inversión no hallará incentivos y demorará en despegar. “En las empresas que andan bien, se evalúa y se posterga una decisión de inversión si las tasas están tan altas. Es preferible aprovechar una Lebac (Letra del Banco Central) al 28% o una Letra del Chaco al 29%, y esperar que le den una línea de crédito más barata”, comparó.
El retraso de Argentina
La nueva ley tiene además cambios menores en cuestiones administrativas y de procedimientos de la CNV. Así, con todas esas modificaciones se busca “ampliar la cantidad de pymes que van al mercado de capitales, y de inversores”. Ese objetivo tiene un fundamento y justamente son datos que están expresados en el proyecto de ley: “En Sudamérica, el valor de todas las empresas que están en el mercado de capitales representa el 25% del PBI. En Chile, ese valor es del 75% del PBI y en Argentina está por debajo del 10%”, repasó Nievas.
Por eso, recordó que “el problema que tuvo la Ley 26.831 fue la concesión de demasiadas facultades a la CNV, pero no de recursos”. “Entonces, le era imposible llevar a cabo todas las tareas. A partir de esta ley tendrá más recursos, además de quitarle la posibilidad de usar para gasto corriente la recaudación de las multas que fije”, acotó.
Los riesgos
En el final de su análisis, Nievas advirtió que “los sistemas de control entre el Estado y el mercado necesitan reglas claras y un control estatal muy firme sobre los privados”. Si eso no se plasma existe “el riesgo de desproteger al inversor minorista”, subrayó y acotó: “Si volvemos a un sistema donde el mercado tiene que controlar a los agentes, que son los que le generan los ingresos, se presentaría un problema”.

“En este mercado entró mucha gente con Lebac, y creció mucho el mercado de cuentas, porque estas letras destruyen al plazo fijo en un escenario de dólar planchado. Cuando eso no pase más y las tasas bajen, quedará gente que no sabe de mercado a merced de agentes que puedan estar muy controlados. Eso es un riesgo importante”, concluyó.
Nuevas figuras para los agentes
El proyecto de Ley de Mercado de Capitales que está en tratamiento legislativo incorpora nuevas categorías de agentes. Así, sustituye al agente de depósito colectivo por el “agente depositario central de valores negociables”, quien podrá prestar otros servicios adicionales a definir; incorpora las Cámaras Compensadoras, antes sólo mencionadas en la reglamentación; los agentes administradores de inversiones, para regular la función de los asesores; y agrega a las Entidades de Registro de Operaciones de Derivados, en pos de reducir el riesgo sistémico.
“La CNV, a través de este proyecto, crea figuras nuevas de agentes. De ahí que no necesitará más de una ley para modificar las estructuras de los agentes”, explicó Marcelo Nievas. Como ejemplo, destacó que el nuevo agente asesor global de inversiones podrá “invertir fondos en el exterior, operaciones que hasta ahora no estaban definidas con claridad”. “Esta reconfiguración tendrá impacto en la estructura actual”, indicó.
Según su visión, este proyecto “potenciará el rol de los que son productores en el mercado de capitales, que son quienes tienen relación con el cliente”. “Habrá un cambio de actores a nivel nacional, y con algún impacto a nivel local, porque muchos quedarán afuera del sistema, ya que habrá demasiados requisitos o bien porque recortarán funciones que hacen al negocio, como por ejemplo los agentes de negociación”, expuso. Así, como antes se buscaba que hubiera más cantidad de agentes, ahora el modelo impulsa lo contrario.
Modificaciones impositivas
El nuevo régimen normativo introduce también modificaciones impositivas, a saber:
-Propone gravar la renta financiera producida por inversiones en Fondos Comunes de Inversión Cerrados.
-Gravar con el Impuesto a las Ganancias la renta financiera recibida por los inversores de Fideicomisos Financieros.
-Grava la renta financiera de la compra-venta de acciones de personas físicas y sucesiones indivisas locales (con beneficios a los accionistas que vendan para generar nuevos valores o para dar liquidez al mercado).
-Grava las ganancias de capital de los inversores de las sociedades emisoras, salvo que exista al menos un 60% del capital en mercados de capitales.
-Los beneficiarios del exterior quedan gravados a tasa específica.










