Alertan sobre uso excesivo de la prisión preventiva
En los países de América Latina la prisión preventiva se utiliza de manera excesiva, a tal punto que se ha convertido en un mal crónico que evidencia el fracaso de los sistemas de Justicia en la región. Así lo advierte la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en un reciente informe sobre los derechos de las personas privadas de la libertad que acaba de ser presentado en Ciudad de México.
En el resumen ejecutivo del informe, se explica que desde hace dos décadas este organismo dependiente de la Organización Interamericana de Derechos Humanos (OEA), viene alertando sobre el incremento en la aplicación de la prisión preventiva, de un modo arbitrario e ilegal, lo que lo ha convertido en un verdadero problema que se repite con demasiada frecuencia en los países de la región. Por esa razón, y a fin de que este régimen resulte compatible con los estándares internacionales, la CIDH remarca que el uso de la prisión preventiva debe partir de la consideración al derecho a la presunción de inocencia y tener en cuenta la naturaleza excepcional de esta medida. Por otra parte, observa que además debe aplicarse de conformidad con los criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.
El informe sostiene que la privación de libertad de la persona imputada debe tener un carácter procesal, y en consecuencia, sólo puede fundamentarse en sus fines legítimos, es decir, debe asegurar que el acusado no impedirá el desarrollo del procedimiento ni eludirá la acción de la justicia. Del mismo modo, la CIDH advierte que las normativas que excluyen la posibilidad de aplicar otras medidas cautelares distintas de la prisión preventiva en razón de la gravedad del acto o de la expectativa de la pena, resultan contrarias a los estándares de aplicación en la materia.
Al presentar el informe en Ciudad de México, el titular de la Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad, el estadounidense James Cavallaro, dijo que el uso excesivo de la prisión preventiva “constituye un problema estructural inaceptable en una sociedad democrática que respeta el derecho de toda persona a la presunción de inocencia”. Debe señalarse que la prisión preventiva es una herramienta de la que dispone el juez y que le permite mantener detenida a una persona que está siendo investigada, antes de su presentación ante la Justicia y sin que existan cargos formales.
Según el informe de la CIDH, en la región el promedio de personas en prisión preventiva es del 36,3 por ciento del total de la población penitenciaria, pero en algunos países supera incluso el 60 por ciento. El organismo reconoció que los Estados realizaron “importantes esfuerzos” para reducir su uso, pero a la vez manifestó su preocupación “por la falta generalizada de voluntad política por parte de los Estados para hacer efectiva la implementación de dichas medidas”. Por eso, solicitó a los Estados a recurrir a esta figura solo de manera excepcional. En nuestro país, uno de los casos más controvertidos en la aplicación de la prisión preventiva fue el de la dirigente social jujeña Milagro Sala. En octubre del año pasado, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU cuestionó la detención de la líder de la agrupación Tupac Amaru y solicitó al gobierno nacional su liberación de manera inmediata.
Para el grupo de la ONU, fue arbitrario el arresto de Sala, que permanece con prisión domiciliaria en Jujuy tras una denuncia del gobernador Gerardo Morales por protestar frente a la sede gubernamental, a lo que luego se le sumó una causa por el presunto desvío de fondos millonarios destinados a la construcción de viviendas. En esa oportunidad, además, los expertos de la ONU observaron que no existían elementos legales para justificar la prisión preventiva de la dirigente social. Es de esperar que tanto en nuestro país como en el resto de la región, los sistemas de Justicia adopten todas las medidas que sean necesarias para reducir el uso de la prisión preventiva y en consecuencia, utilicen esta herramienta en forma excepcional y sólo si las circunstancias realmente lo ameritan.










