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Mariano Fusero, director de Drogas de Pensamiento Penal

“Chaco debe debatir su ley sobre cannabis medicinal”

El director de Drogas en Asociación Pensamiento Penal (APP) Mariano Fusero plantea que las provincias tienen la oportunidad de regular el uso medicinal del cannabis.

A partir de marzo la Argentina tiene una ley que habilita la importación de productos con componentes cannábicos y en una siguiente instancia se implementará la investigación y producción local.

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“En APP impulsamos que cada provincia tenga una legislación propia y no una mera adhesión, porque la ley del Congreso está corta y tiene varias críticas por su limitado alcance”, apuntó el abogado.

En una reciente exposición en Resistencia el penalista convocó a generar un debate ‘sincero y realista’, que incluya el cultivo para pacientes.

“El 90% de los usuarios con fines terapéuticos cultivan la planta, ocultar esa realidad es hipócrita y criminalizar a los cultivadores solidarios también”.

Dar el debate

En contra de la idea de que el debate ya fue superado en Buenos Aires, el abogado confesó estar cansado de escuchar que en el interior las sociedades son muy conservadoras, “¿y en Buenos Aires qué creen que somos?, ¿noruegos, finlandeses?”, ironizó.

La ley nacional que se aprobó en el Senado permite la compra con autorización del Estado y registro en un programa de investigación.

 “No conozco antecedente de la medicina que obligue a un paciente a tanto; es un experimento de biopolítica: si va bien, eventualmente se le da la sustancia”, cuestionó.

Además recordó que los antecedentes de importación existen hace 50 años y que en 2014 y 2015 se importaron derivados cannábicos bajo el régimen compasivo de la ANMAT, un sistema que igualaba a todas las patologías con receta médica e historia clínica.

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La actividad fue organizada por la Asociación Pensamiento Penal, la Secretaría de Derechos Humanos, Insssep, la Defensoría General del Poder Judicial y librería Contexto.

Necesaria regulación

Ley de Drogas penaliza el cultivo de cannabis aunque también contiene excepciones; por ejemplo que sea con destino ilegítimo, por lo que el uso medicinal es un argumento de peso suficiente para excluir una sanción.

Aunque un familiar de un niño que convulsiona demuestre que lo necesita, igual le corresponde una pena de un mes a dos años de prisión. Además en dos casos (Bazterrica, 1986, y Arriola, 2009) la Suprema Corte declaró inconstitucional sancionar a la tenencia personal.

Como la ley federal además exige una autorización para cultivar en el caso de fines medicinales APP plantea que por tratarse de una cuestión de salud -con competencia concurrente entre Nación y provincias-, cada jurisdicción debería legislar delimitando su intervención o contemplando un registro de cultivadores, por ejemplo.

“Las provincias tienen esas facultades y hacerlo también es un logro en lo simbólico y en lo político. Estamos acá para impulsar el debate, que las leyes provinciales alcancen un logro jurídico; no hacerlo es demostrar falta de coraje político”, desafió.

Derechos esenciales

Para Fusero es un logro que hoy la sociedad sepa de la utilidad de una sustancia que en el último siglo se demonizó, pero que fue lícita por milenios y por eso habla de ‘relegalizar’.

Que el consumo se deje de ver como una cuestión médico hegemónica para empezar a reconocerse como un derecho, habilita también un marco más amplio: discutir un acceso democrático, libre de criminalización y sin penas desproporcionadas.

“Una sustancia se usa para muchos motivos, entre ellos para fines terapéuticos y por más que no haya una comprobación científica de sus beneficios, que una persona haga un consumo en la intimidad de su casa forma parte de su derecho a la privacidad, a la intimidad, a su bienestar”, resume.

Críticas al fuero de narcomenudeo

Desde un 40% y hasta un 80% de las causas en la justicia federal reprimen el consumo personal, la tenencia de menos a cinco gramos de marihuana. “Un fuero que tiene a cargo la represión de delitos graves como el narcotráfico, la corrupción y la trata de personas. En la historia el sistema penal fue selectivo y lo sigue siendo”, disparó Mariano Fusero. 

Además cuestionó la existencia de un fuero de narcomenudeo, como el vigente en la provincia después de que la jurisprudencia argentina estableció que es inconstitucional sancionar la tenencia de estupefacientes para consumo personal hace más de 30 años y lo ratificó hace ocho.

Un relevamiento de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) concluye que donde se crearon fueros de narcomenudeo disminuyen las posibilidades de que la justicia federal investigue el crimen organizado.

“El fuero de narcomenudeo no va a detener al Chapo (Guzmán), está deteniendo a pibes en los barrios humildes”, insistió el penalista en rechazo a un discurso que en 2005 cundió en la provincia de Buenos Aires.

Premisa cuestionable  

En contra de una concepción que sostiene que la droga es un flagelo que atenta contra la juventud y la sociedad, Fusero presentó datos de la ONU.

Unos 246 millones de personas de 15 a 64 años consumen sustancias prohibidas. De ese número, sólo una de cada diez (25 millones) tiene problemas de adicciones; representa el 0,33% de la población mundial.

Quien tiene un consumo problemático no busca ayuda en el sistema de salud porque sabe que es vista como un criminal. Organismos internacionales como la OMS, OEA y ONU lo afirmaron en varias oportunidades. Y la Corte Suprema de Argentina también.

 “La criminalización está creando efectos no deseados porque nos aleja del concepto de salud y pone esfuerzos en lo beligerante y no en lo sanitario. Una cultura prohibicionista  logra que un consumidor no problemático se autoperciba como criminal”, remarcó.

Hasta fines del siglo XIX el cannabis era una de las drogas de mayor uso en la farmacopedia mundial, por ejemplo como paliativo para las crisis de dolor. Sin embargo una campaña política basada en conceptos demoníacos, racistas y xenófobos conllevó a su prohibición.

Para el representante de la Asociación Pensamiento Penal la prohibición cedió el control a manos mafiosas: las sustancias prohibidas se regulan con violencia, con otros cánones e idiosincracia.

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