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Odebrecht: Desestiman denuncia contra Macri

El juez federal Rodolfo Canicoba Corral desestimó hoy una denuncia contra el presidente Mauricio Macri por reuniones de funcionarios con representantes de la empresa brasileña Odebrecht, investigada por el pago de coimas en el país.

Buenos Aires, 4 (NA) - Se trata de una denuncia que había realizado el diputado kirchnerista Rodolfo Tailhade por presuntas ‘negociaciones incompatibles, usurpación de autoridad, títulos u honores y abuso de autoridad‘. 

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El juez Rodolfo Canicoba Corral desestimó una denuncia contra Mauricio Macri por el caso Odebrecht.

El fiscal federal Federico Delegado había propiciado la desestimación de la denuncia, que alcanzaba también al ministro de Justicia, Germán Garavano, y la titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso, por las gestiones encaradas a fin de alcanzar un acuerdo extrajudicial para obtener información sobre el pago de sobornos a funcionarios y exfuncionarios argentinos para acceder a la obra pública.

Tailhade había señalado que a través de esas reuniones los funcionarios del Gobierno nacional se inmiscuyeron ‘en cuestiones que resultan totalmente ajenas a la esfera de su competencia,  avasallando el principio de división de poderes y soslayando con total impunidad la Constitución Nacional, así como las leyes sancionadas por el Congreso de la Nación‘.

Advirtió, en este sentido, que el Poder Ejecutivo no estaría autorizado constitucionalmente a participar de las reuniones por cuanto toda negociación orientada a obtener información acerca de los presuntos sobornos que Odebrecht resultaría una atribución exclusiva del Ministerio Público Fiscal y del Poder Judicial, ‘máxime cuando la información que podría aportar se vincula con el objeto de investigación de varias causas penales en curso‘.

Sin embargo, el fiscal Delgado sostuvo que el denunciante parte de una premisa equivocada, al advertir que es errado que el Poder Ejecutivo carezca de ‘interés legítimo y competencia  constitucional para entablar cualquier tipo de diálogo institucional con Odebrecht‘. Reparó además sobre lo dispuesto en los artículos 99, 116 y 120 de la Constitución Nacional, puesto que -advirtió- las funciones del Ejecutivo allí estipuladas ‘demostrarían que no se inmiscuyó en un terreno ajeno a su competencia‘, indicó el fallo publicado por el Centro de Información Judicial (CIJ).

Y concluyó que ‘si los vínculos, los intereses de los funcionarios del PEN existen, ya son materia de investigación‘, y que ‘la dimensión de un posible lava jato argentino, no puede invalidar todas las acciones de su competencia para afrontar la crisis‘.

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