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El Inase aplicó sanciones por violación a la Ley de Semillas

SÁENZ PEÑA (Agencia). El Instituto Nacional de Semillas (Inase) aplicó sanciones a comercializadores de semillas que violaron protocolos durante los años 2022, 2023 y 2024.

Esta acción hace efectivo el artículo 44 de la Ley de Semillas y ha sido un reclamo de todos los integrantes de la cadena. Así, se aplicaron sanciones a comerciantes de semillas de algodón, trigo, maíz, soja, papa, maní, entre otros cultivos.

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Cabe señalar que el Inase verifica si la semilla cumple con las exigencias de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas 20247 y normas complementarias y realiza el control del comercio de semillas.

Los funcionarios del Instituto cuentan con la facultad de inspeccionar, extraer muestras, hacer análisis de semillas depositadas, transportadas, vendidas, ofrecidas o expuestas para la venta, en cualquier momento o lugar y tienen acceso a cualquier establecimiento donde existan semillas para inspeccionar la documentación relativa a las mismas.

En caso de verificarse alguna anomalía, los funcionarios labrarán un acta en la que constará la infracción verificada y extraerán muestras de las semillas para su análisis en el Laboratorio del Inase.

Ante la verificación de infracciones a las normas de la Ley 20247, el organismo tiene la facultad de aplicar sanciones como apercibimientos, multas, decomiso de la mercadería, suspensión o inhabilitación y, en supuestos casos graves, de proceder a la clausura del establecimiento.

La reglamentación ha establecido como parámetro para graduar las sanciones de multa que el monto sea vinculado al valor de la semilla detectada en infracción, lo que refleja un parámetro objetivo de ponderación y, además, se considera la gravedad de la infracción cometida y los antecedentes del responsable. 

La regularización de la mercadería puede ser tenida en cuenta como atenuante de la sanción.

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