Restricción a la transparencia pública
El presidente de la Nación, Javier Milei, dictó un decreto que modifica la reglamentación del Acceso a la Información Pública y, de este modo, pone en riesgo uno de los pilares fundamentales de la democracia y la transparencia gubernamental. La decisión del mandatario modifica la ley nacional 27.275, sancionada en 2016, que representó un importante avance en la apertura y accesibilidad de la información gubernamental.
La medida generó enorme preocupación en distintas organizaciones no gubernamentales que advirtieron que el decreto coloca barreras a la información que pueden ser brindados desde el Estado ante una legítima solicitud de información por parte de la ciudadanía. Eso es así porque modifica el concepto de información pública y amplía los motivos por los cuales una información puede ser considerada, según las autoridades de turno, secreta. En su momento, la Ley nacional de Acceso a la Información Pública, fue celebrada como un triunfo de la transparencia, ya que definió la información pública como "todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato que los sujetos obligados obtengan, transformen, controlen o custodien". Esta definición buscaba garantizar un acceso amplio y efectivo a la información gubernamental, promoviendo la rendición de cuentas y la lucha contra la corrupción. Sin embargo, el nuevo decreto introduce restricciones que redefinen este concepto y amplían los motivos para catalogar información como "secreta". El decreto 780/24, además de acotar la definición de "información pública", establece que datos vinculados a la "esfera típicamente doméstica" de los funcionarios no estarán sujetos a la obligación de respuesta. Esta disposición, que en la práctica podría amparar la negativa a brindar información sobre cuestiones como los gastos personales del presidente, contraviene el espíritu de la Ley de Acceso y socava el principio de transparencia.
Si estas restricciones hubiesen estado vigentes al inicio del gobierno libertario, no habrían salido a la luz los gastos que demandaron los viajes del presidente de la Nación al exterior; la polémica salida del país de reservas de oro que atesoraba el Banco Central, y menos aún el caso de los alimentos retenidos por Capital Humano de la Nación y a punto de vencer. Otro aspecto que preocupa es la exclusión de ciertos documentos de la obligación de transparencia. Las "deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo", así como el "examen preliminar de un asunto", quedan fuera del alcance del derecho de acceso. Según los representantes de distintas organizaciones no gubernamentales que promueven el derecho a la información pública, esta limitación creará un vacío de información que dificultará aún más el seguimiento de las decisiones gubernamentales y el control público sobre las acciones del Estado. Organizaciones como Poder Ciudadano y el Centro de Estudios Legales y Sociales han expresado su alarma, advirtiendo que ningún decreto puede restringir el acceso a la información pública más allá de lo establecido por la ley. No se debe pecar de ingenuos: la restricción del acceso a la información no solo afecta el derecho de la ciudadanía a estar informada, sino que también abre la puerta a posibles abusos y opacidad por parte de los gobernantes de turno. El acceso a la información pública no es un capricho de un sector de la sociedad sino un derecho humano fundamental, respaldado por pactos y tratados internacionales que Argentina ha ratificado oportunamente. Como se dijo, la ley nacional 27.275 fue un avance en la promoción de una administración pública transparente y responsable, permitiendo a la ciudadanía y a los medios de comunicación vigilar y cuestionar la gestión gubernamental. Limitar este acceso no solo debilita la confianza pública, sino que también puede fomentar la corrupción al disminuir el escrutinio y el control social. El gobierno nacional tiene la responsabilidad de garantizar la transparencia y facilitar el acceso a la información. En lugar de restringir el acceso, debe mejorar la eficiencia en la respuesta a solicitudes y fomentar la publicación proactiva de información de interés público. La información es un bien público que debe estar al alcance de todos, no un recurso que los gobiernos pueden manejar a su antojo.
El decreto 780/24 representa un retroceso en el derecho de acceso a la información y en los esfuerzos por contar con una administración pública más abierta y responsable. Se debe asegurar que la transparencia y la rendición de cuentas de los asuntos de interés público sigan siendo principios rectores en la gestión del Estado. La lucha por la transparencia es también una lucha por la democracia misma.










