El STJ instó a cumplir la ley vigente ante protestas sociales
El máximo tribunal instó a dar cumplimiento a la ley 2399-J, que establece criterios mínimos para la actuación de las fuerzas de seguridad.
El Superior Tribunal de Justicia del Chaco dictó un fallo relevante y que alimentará la polémica, ya que en los hechos determina la inaplicabilidad en la provincia del "Protocolo Bullrich" contra protestas sociales y piquetes. En una sentencia fechada el 29 de mayo, la Corte provincial instó a la Policía provincial y al Ministerio de Seguridad local a dar estricto cumplimiento a la Ley 2399-J, que establece criterios mínimos para la actuación de las fuerzas de seguridad en manifestaciones públicas.
La norma en cuestión establece la obligatoriedad de "garantizar la adopción de las medidas necesarias y conducentes para evitar actos de violencia y preservar la seguridad de las personas y el orden público, las que, en virtud del principio de razonabilidad, tendrán que ser proporcionales, de acuerdo con los fines perseguidos".
El presidente del Comité de Prevención de la Tortura, Darío Gómez, valoró el contenido de la sentencia que viene a clarificar el encuadre legal existente en la provincia con respecto a las protestas sociales, el cual está lejos del punitivismo que plantea el denominado "Protocolo Bullrich".
"El Protocolo Bullrich no existe y solo es mediático", afirmó Gómez al comentar la decisión del STJ.s
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