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El Superior Tribunal falló contra una posición de autoridades del Colegio de Escribanos

Tiene que ver con la metodología de votación cada vez que se renueva la conducción de esa entidad. Hay una diferenciación en la manera de votar de los profesionales de Resistencia y los del interior.

El Superior Tribunal de Justicia, mediante Sentencia N° 78 de fecha 10 de abril de 2023, confirmó lo resuelto por la Cámara Civil, Comercial, y Laboral de la ciudad de Villa Ángela, y ordenó al Colegio de Escribanos del Chaco que realice una asamblea extraordinaria para encarar una reforma estatutaria que permita a los escribanos del interior provincial participar adecuadamente de las elecciones de autoridades en esa entidad profesional.

La causa había sido impulsada por un grupo de escribanos que cuestionó el hecho de que los profesoniales del Gran Resistencia voten –para la renovación de la conducción del Colegio- en urnas habilitadas a tal efecto y que los interior no tengan la misma posibilidad en sus regiones. El fallo dice que esa diferenciación es arbitraria e ilegal.

MANDATOS VENCIDOS

El sector que denunció esa situación sostiene que, además, los integrantes de la Comisión Directiva del Colegio de Escribanos se encuentran a la fecha con la totalidad de sus mandatos vencidos desde el periodo 2020/2021, y que en ese contexto impedían y se oponían sistemáticamente al debate para habilitar la votación en el interior con las mismas condiciones que en la capital.

A ello suman un cuestionamiento a la Inspección de Personas Jurídicas y Registro Publico de Comercio, que "con una actitud inactiva consintió la irregularidad, pese a estar debidamente notificada de la situación".


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El Superior Tribunal de Justicia dictó sentencia en un viejo conflicto del Colegio de Escribanos.

Los accionantes acusan a la comisión directiva de desconocer la cláusula estatutaria que habilita convocar a asamblea extraordinaria si fuera solicitada por al menos 20 escribanos. Esa solicitud se formalizó, para tratar el tema relacionado con la metodología de votación, pero la conducción del Colegio no instrumentó la convocatoria a asamblea.

"Las denegatorias a convocar a Asamblea Extraordinaria para discutir una reforma estatutaria al procedimiento de elección de autoridades -que incluso la propia demandada manifestó que era necesaria-, aparecen claramente arbitrarias e ilegales, violatorias de los derechos de asociarse libremente y de participar en pie de igualdad en las decisiones de las asociaciones conforme lo dispone la ley y el estatuto constitutivo, así como también del principio de legalidad que debe regir el accionar de las personas jurídicas de derecho público", dice el fallo del STJ.

"La importancia del fallo no radica solamente en resolver una demanda a la necesidad de los colegiados del interior, que deben trasladarse largas distancias, para  sufragar en un pie de igual respecto de los escribanos capitalinos; sino principalmente que el mismo reconoce la garantía prevista en el Estatuto que tienen los colegiados, en el llano, para convocar instancias decisorias, cuando existen actitudes arbitrarias y abusivas de quienes ostentan los cargos directivos", indicaron los promotores de la acción. 

ASAMBLEA "DEFECTUOSA" ESTE SABADO

Pese al fallo, los promotores de la acción judicial dicen que "continuando con la actitud de mantenerse en los cargos con todo tipo de artilugios y falsos mensajes, los ocupantes del Consejo Directivo (con mandatos vencidos por más de tres períodos), incumplen nuevamente la orden judicial, pues si bien efectuaron la convocatoria de Asamblea Extraordinaria ordenada por la Justicia para el sábado 13 de mayo del corriente año, lo hacen bajo la modalidad presencial en la ciudad de Resistencia, sometiendo a todo el interior provincial a trasladarse para poder participar, cuando el pedido de los colegiados fue hecho para que la asamblea se desarrolle mediante la modalidad virtual" a través de la plataforma digital Zoom.

"La modalidad virtual (Zoom) es aceptada por la IGPJyRPC y ha sido utilizada por el mismo Colegio y habilitada por el organismo  Además, omitieron discrecionalmente puntos del orden del día ordenado judicialmente, es decir es una convocatoria defectuosa en varios sentidos", agregaron los denunciantes en una nota entregada a NORTE.  

Por eso consideran que "este nuevo incumpliendo constituye una provocación que evidentemente pretende continuar generando litigios, que luego invocan para dilatar la permanencia en los cargos en el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos del Chaco, o bien cercenar la participación del interior en la resolución de los asuntos de interés de todos; todo ello con el aval implícito del doctor Eduardo Colombo, hoy subsecretario de Asuntos Registrales de la Provincia del Chaco, de quien depende la IGPJyRPC, que fuera informado del fallo del STJ y advertido de la maniobra a una convocatoria defectuosa, que finalmente se concretó".  

"Sin perjuicio de todo ello, y teniendo en claro que lo mas importante es la Institución y no las personas que circunstancialmente ejercen los cargos, los escribanos de la Provincia del Chaco  han decidido lograr una Institución más justa, inclusiva, e independiente de injerencias de política partidaria", agregaron los firmantes del comunicado, están los escribanos Elsa Aida Gorostizu, Heriberto Fabián Regojo, Marisa Elizabeth Schahovskoy, Fabián Vargas, Gladys Toledo de Belbey, María de las Mercedes Marinich, Davina Luisa Lazarczuk,  Alicia Rosa Rodríguez, Sergio J. Conradi y Blanca Leonor Bravo, entre otros.  

El sector menciona que en la conducción con mandato vencido están los escribanos Eda L. G. de Cabas, Vanesa V. Kamer, Celia N. A. de Alegre, Pedro L. Marinich, Yolanda E. Wicle, Richard Paruzzo, Carolina N. Díaz, Juan A. Sirich, Gustavo Rolhaiser, y otros.

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