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El Gobierno modificó el programa Repro e impuso más condiciones para acceder al beneficio

El Gobierno modificó hoy los  alcances y requisitos para que las empresas puedan acceder al  programa Repro, que brinda asistencia estatal para el pago de salarios.

   Con ese fin, dispuso ‘reformular y fusionar‘ el Repro y el  Repro II en uno que ‘cumpla las expectativas de la economía  actual‘.

   La decisión se formalizó por medio de la Resolución 420/2022  del Ministerio de Trabajo, publicada este martes en el  Boletín Oficial.

   ‘Establécese el Programa de Recuperación y Sostenimiento  Productivo‘ (Repro), que consistirá en una asignación dineraria  individual a abonar a los trabajadores, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores adheridos‘, precisó el  texto oficial.

   Según lo dispuesto, el monto de la asistencia mensual que se  otorgará será ‘equivalente al 50% de la remuneración total hasta  un máximo del 50% del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil  (SMVyM) vigente por cada relación laboral activa‘.

   El subsidio se otorgará durante tres meses y la empresa  interesada en gestionarlo podrá inscribirse en el programa en dos  ocasiones como máximo, de manera consecutiva o no, ‘dentro de los  tres años contados a partir del inicio del primer período  otorgado‘.

   Trabajo aclaró que el beneficio alcanza a todos los empleadores  del sector privado, excepto aquellos que ‘perciban subsidios del  Estado Nacional y de Provincias y Municipios‘ o bien hayan  ‘iniciado su actividad seis meses previos a su solicitud‘.

   También no serán contemplados aquellos que se encuentren  incluidos en el Programa para el Fortalecimiento de los Equipos de  Salud para la Calidad y la Seguridad (FESCAS), o sean empresas,  sociedades y entes de los Sectores Públicos Nacional, Provincial y  Municipal.

   En tanto, el número de empleadores que cubrirá el Repro se  determinará ‘considerando la cantidad de postulantes, la situación  económica, patrimonial y financiera de los mismos, el plan de  acción para lograr la recuperación económica, productiva y  laboral, las condiciones imperantes de la economía nacional y el  presupuesto asignado‘.

   Para gestionar el Repro, se deberá ingresar a la página web de  la AFIP, donde los interesados tendrán que ‘manifestar con  carácter de declaración jurada que cumplen con todas las  obligaciones laborales, sociales y previsionales a su cargo‘, de  acuerdo con la Resolución.

   También será necesario presentar un balance correspondiente al  último ejercicio cerrado,  mostrar el estado económico,  financiero y patrimonial de la empresa, demostrar las ventas  facturadas y elaborar un plan de recuperación económica,  productiva y laboral, entre otros requisitos.

   Los solicitantes deberán ‘enfrentar una situación económica  crítica conforme la evaluación de un conjunto de indicadores  patrimoniales, financieros, económicos y de parámetros, y no  haber efectuado una reducción de personal mayor al 20% en la  comparación interanual‘.

   El Poder Ejecutivo aseguró que serán excluidos del beneficio  los empleadores que, mientras reciben el subsidio, realicen  despidos o suspensiones sin justa causa, falta o disminución de  trabajo o por fuerza mayor, incurran en falsedad de la información  declarada y presentada para conseguir la asistencia, o incumplan  las obligaciones laborales, sociales y previsionales a su cargo.

   ‘Dichas acciones tendrán como consecuencia para los sujetos  empleadores la caducidad inmediata del beneficio, la suspensión  para reinscribirse en el Programa y la devolución de los importes  percibidos, por sus respectivos trabajadores, desde el inicio del  acceso al beneficio, más la aplicación de los intereses que  correspondan‘, indicó el texto oficial.

   Asimismo, el Gobierno aclaró que ‘aquellas actuaciones y  procesos de pago de los beneficios correspondientes al Programa de  Recuperación Productiva (REPRO) y REPRO II que se encuentren en  trámite al momento de la entrada en vigencia de la presente  medida, continuarán rigiéndose por la normativa de dichos  programas y sus normas modificatorias y complementarias hasta su  finalización‘.

   El Programa Repro fue creado en septiembre de 2018 y el Repro  II en noviembre de 2020, este último en el marco de la situación  de crisis económica y emergencia sanitaria producto de la pandemia  del Covid 19.

   La Casa Rosada justificó las modificaciones al programa al  señalar que ‘en el contexto actual de la economía nacional, se  evidencian diversos indicadores que dan cuenta de un proceso de  reactivación de la actividad económica y del empleo‘.

   ‘Dadas las experiencias transitadas a través del Programa de  Recuperación Productiva (Repro) y del Programa Repro II, y el  contexto actual, resulta pertinente efectuar una reformulación y  fusión de ambos programas en uno nuevo que cumpla las expectativas  de la economía actual y pueda atender la situación de empresas o  sectores que puedan transitar una situación crítica producto de su  propia actividad o factores externos que lo provoquen‘, añadió.