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Chaco, camino a la pospandemia sin alarma y con más aperturas

El Poder Ejecutivo dictó el Decreto N°1809 que ratifica la obligatoriedad del Pasaporte Chaco, amplía el aforo al 75% para actividades y celebraciones al aire libre y espacios cerrados, y deja sin efecto la limitación para la circulación nocturna. Así, amplía el horario de funcionamiento de actividades vinculadas a la gastronomía y el esparcimiento después de las 24.

Con la publicación del Decreto N°1809, el Gobierno provincial estableció las nuevas pautas para el funcionamiento de las actividades laborales, comerciales y recreativas hasta el 24 de septiembre.

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El Chaco fue una de las primeras provincias en aplicar la alarma sanitaria de 0 a 6, que a partir de ahora queda eliminada.

Como ya estaba establecido, la utilización del "Pasaporte Chaco” continúa siendo obligatorio  y fundamental tanto para circular por el territorio provincial, como para desarrollar las actividades que están permitidas. El pasaporte se obtiene con un autotest y la identificación de cada persona de acuerdo a su situación inmunitaria ante la COVID-19 ya sea por estar vacunado o por haber logrado inmunidad tras superar la enfermedad. 

Lo más trascendente entre las nuevas pautas es la derogación de las disposiciones de restricción de circulación nocturna anteriormente establecidas. No obstante, las actividades habilitadas deben dar cumplimiento a las normas específicas en el contexto de pandemia vigente.

Además, el ingreso y circulación  a  la provincia continúa limitado a las personas con Pasaporte Chaco en estado verde, mientras que quienes cuenten con amarillo deberán presentar constancia de hisopado negativo (test rápido o PCR), con fecha que no exceda las 72 horas.

Para las reuniones, eventos y actos celebraciones, se permite el desarrollo en espacios al aire libre y en espacios cerrados. Al aire libre podrán desarrollarse reducción de aforo al 75% de la superficie disponible y un máximo de tres horas de duración.

Los eventos en espacios cerrados se encuentran habilitados exclusivamente para personas que cuenten con Pasaporte Chaco en estado verde con reducción de aforo al 75% de la superficie disponible.

Se ratifican las multas y sanciones oportunamente dispuestas en caso de incumplimiento especialmente las facultades establecidas para las empresas del estado provincial Prestadores de servicio público.

Los casinos, cines, teatros y auditorios, se encuentra habilitado su funcionamiento para personas que cuenten con Pasaporte Chaco en estado verde.

COMERCIO Y GASTRONOMÍA 

En tanto, las actividades comerciales, industriales, profesionales y de servicios en general se encuentran habilitadas con reducción de aforo al 75% de la superficie disponible de cada espacio, incluyéndose locales de centros comerciales y shopping.
Los calls centers podrán funcionar  con aforo al 75% de su capacidad. 
La gastronomia, restaurantes y bares pueden funcionar en espacios al aire libre y en espacios cerrados exclusivamente para personas con Pasaporte Chaco en estado verde, sin la limitación horaria que tenían hasta ahora. 
Para gimnasios, clubes, actividades físicas y deportivas se ratificaron las Disposiciones del Decreto N° 1581/2021, al igual que para iglesias, cultos y celebraciones religiosas 
Para el transporte público, se ratifica la capacidad de ocupación habilitada del 100% de cada unidad con uso de tapabocas obligatorio. Excepcionalmente en los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso en la demanda, la capacidad podrá ampliarse hasta veinte pasajeros de pie, de conformidad a los protocolos respectivos.
Los peloteros o espacios de recreación infantil están habilitados para su funcionamiento al aire libre y en en espacios cerrados exclusivamente para personas con Pasaporte Chaco en estado verde, con reducción de aforo al 75%.

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