“El poder judicial no puede borrar con el codo lo que el legislativo escribe con la mano”
La abogada defensora de una tucumana criminalizada por un aborto espontáneo analiza debilidades y connotaciones del fallo de la jueza chaqueña Aucar de Trotti.
“El poder judicial no puede borrar con el codo lo que escribe con la mano el poder legislativo, no está para eso”, define Soledad Deza sobre el aval de una jueza provincial para suspender la aplicación de una ley nacional.
La abogada que preside la organización Mujeres por Mujeres, dedicada a defender los derechos humanos de las mujeres y a erradicar las violencias, plantea que “el sistema democrático necesita de la seguridad jurídica; el derecho no es una sugerencia, es una obligación; y una ley debe implementarse".

El mismo día que respondía a periodistas de una radio de Rosario, Santa Fe, en Resistencia se marchaba contra la decisión de la jueza Marta Aucar de Trotti de suspender en el Chaco la aplicación de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo.
Deza contrastó que la ley 27.610 obtuvo la mayoría necesaria para sancionarse y que no es un argumento válido invocar a una Constitución Provincial por encima de la supremacía de la Constitución Nacional, como se establece en el artículo 31. De no ser así, la provincia del “Chaco se convierte en una república con una ciudadanía debilitada y discriminada por el poder judicial, en la que si una mujer quisiera interrumpir un embarazo hasta semana 14 no tiene ese derecho a diferencia del resto del país”.
En coincidencia con otras voces del campo de los derechos humanos observa una movida antidemocrática en algunos fundamentalismos religiosos.“El debate por la legalización de la IVE fue largo; se abrió en 2018 y se terminó el 30 de diciembre de 2020. Esta mudanza del campo legislativo al judicial es una vieja estrategia de los mismos sectores, lo han hecho con la anticoncepción hormonal de emergencia, con el programa de salud sexual, con la ESI y con los protocolos de abortos no punibles”, describe.

Connivencia ilegítima
El 30 de diciembre la senadora Silvia Elías de Pérez (UCR - Tucumán) anunció que en caso de sancionarse la ley IVE se iba a judicializar su aplicación. “Se había anticipado a una derrota inminente de su posición política. Ahora se está cumpliendo lo que se prometió”, apunta Deza.
“Nuestro sistema republicano de gobierno tiene una división de poderes y es en el legislativo donde se dan las discusiones de las leyes”, repasa. Y antes que el accionar antijurídico de los conservadurismos políticos le sorprende es la “connivencia judicial tan abiertamente ilegítima como la de la jueza Aucar de Trotti”.
“Utilizar alianzas clericales, conservadoras o fundamentalistas dentro y fuera del poder judicial para inhabilitar derechos conquistados no es propio de una democracia”, remarca.
Funciona en tándem
La abogada señala además que la judicialización de la ley de IVE en cada provincia puede “debilitar una política pública pero no cambiar en absoluto una realidad: y es que las mujeres abortan”.
“Lo que vino a hacer esta ley es quitarle la connotación de crimen y asegurar un escenario de salud pública a las mujeres”, agregó la coordinadora del área de litigio de Católicas por el Derecho a Decidir.
Al citar el reclamo de la oenegé Portal de Belén que suspendió la aplicación del aborto no punible, la distribución de anticonceptivos y la venta de anticonceptivos de emergencia en la provincia de Córdoba por siete años; dimensionó el perjuicio institucional que generan medidas así.
Deza es conocida internacionalmente a partir del caso Belén en Tucumán, su provincia. Una mujer que sufrió un aborto espontáneo de unas pocas semanas acudió por ayuda al hospital y al despertar fue acusada de matar a un feto de ocho meses. Dos años después la abogada tomó la defensa y logró su libertad y absolución.

Hoy como integrante del consejo asesor de la Dirección de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud de la Nación asegura que en todas las provincias existen efectores que garantizan una IVE. Pero sostiene que el problema no está en la disposición del Estado para garantizar una política pública, sino en prácticas espurias como por ejemplo la objeción de conciencia, que en el sistema sanitario plantea similares alternativas a la de una judicialización. “Funcionan en un tándem antidemocrático para vaciar de contenido a una política pública; son viejas estrategias para un nuevo derecho”, lamentó.

Jury de enjuiciamiento
La fundación Mujeres por Mujeres forma parte de un consorcio de organizaciones de prestigio para litigar como Amnistía Internacional, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, Fundeps y Unicef.
Mientras que con áreas del Estado articulan con la Secretaría de Derechos Humanos y con la Secretaría de Justicia.
“Estamos analizando otras estrategias que vamos a concretar la semana que viene y no las adelantamos porque se articulan entre varias organizaciones. Además con la Mesa Feminista del Chaco coordinamos el pedido de jury de enjuiciamiento de la doctora Marta Aucar de Trotti, por una sentencia que “se lleva puesta la supremacía constitucional”.
El aval de la titular del juzgado civil y comercial de Resistencia “tiene una gravedad institucional seria, demuestra una ignorancia inexcusable de derecho, una falta grave, y hasta un significativo incumplimiento de servicio”, señala.
“Se puede reclamar lo que se quiera vía judicial y el poder judicial está precisamente para poner un límite en términos de procedencia. Además no hay caso; tiene que haber un caso para que intervenga; es un requisito de admisibilidad y procedencia. No se administra justicia a piacere ni para imponer preferencias propias a toda una soberanía que a través del Congreso aprobó una ley”.