Autorizan un aumento de la medicina prepaga del 4% a partir de febrero próximo
El Ministerio de Salud de la Nación autorizó hoy una suba del 4% en los servicios de medicina prepaga, que regirá a partir del 1 de febrero próximo.
Durante el 2017, el incremento acumulado hasta el 1 de diciembre último fue del 31,31%.
La Resolución 2479-E/2017 publicada hoy en el Boletín Oficial, autoriza a todas las empresas inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.) a incrementar el valor autorizado por la Resolución Nº 2017-1975-APN-MS, en hasta un 4% a partir del 1 de febrero de 2018.

Al igual que en las anteriores resoluciones, la Superintendencia de Servicios de Salud considera "razonable autorizar un aumento general, complementario y acumulativo".
Un informe de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires analizó los aumentos autorizados por el Gobierno Nacional, y concluyó que "las cuatro resoluciones arrojan un incremento acumulado desde el 1 de febrero hasta el 1 de diciembre de este año, del 31,31%".
El informe menciona las resoluciones 2371 que aprobó un incremento de hasta el 6%; la 613 que avaló una suba del 6% a partir del 1 de julio y otra del 5% a partir del 1 de agosto; la tercera es la 1050 (otro 5%) y la cuarta fue la 1975 que autorizó 6% de incremento a partir del 1 de diciembre.
"Tal como consta en el texto de las citadas resoluciones, el incremento es acumulativo; por lo que el aumento porcentual es más que la suma directa de los porcentajes autorizados; que ascendería a un 28%", explica el informe.
Además indica que los aumentos autorizados en el 2016 representaron un incremento del precio del servicio del 43,46% anual, con tres resoluciones, y en el 2015 la suba anual fue de 28,75% también con cuatro resoluciones.
En los considerandos de la resolución publicada hoy que aprueba el incremento a partir de febrero, se cita que la Superintendencia revisó los costos de las empresas del sector, incluyendo " las nuevas tecnologías y reglamentaciones legales que modifiquen o se introduzcan en el Programa Médico Obligatorio (PMO) en vigencia" y el "incremento de costos de recursos humanos".
También señala que las empresas deben notificar a sus clientes el incremento, y precisa que "se entenderá cumplimentado dicho deber de información, cuando la notificación sea incorporada en la factura del mes anterior y/o a través de carta informativa".
Del análisis realizado, "surge que resulta razonable autorizar un aumento general, complementario y acumulativo, de aquel que fuera aprobado el 27 de octubre de 2017 mediante la Resolución 2017-1975-APN-MS, de 4% a partir del 1 de febrero de 2018", se destaca en los considerandos de la Resolución 2479.
Fuente: Télam.










