Venta de pirotecnia: cuáles son los productos prohibidos y a partir de qué edad se pueden adquirir artículos
La Municipalidad de Resistencia comenzó a realizar operativos de control de puestos de venta de artículos pirotécnicos. Dicen que multarán o clausurarán locales que no estén habilitados o que ofrezcan productos no aptos.
La Municipalidad de Resistencia informó que puso en marcha operativos de control y fiscalización tanto de venta como de depósito de artículos de pirotecnia en distintas áreas de la ciudad.
Paralelamente a los controles que se llevarán adelante, desde el municipio se solicita a los comerciantes del rubro que se acerquen a la comuna para realizar los trámites correspondientes para la habilitación de locales y depósitos.
De acuerdo a lo que informó la intendencia, los controles apuntan a ver el estado de las habilitaciones comerciales y la autorización para la venta de artificios pirotécnicos, control y verificación de la seguridad de los locales comerciales y de los distintos tipos de pirotecnia y si se encuentran autorizados.
“Se invita a los comerciantes del rubro a que completen todo lo que tiene que ver con la habilitación; de esa manera se evitarán multas, clausuras y el decomiso de la mercadería”, dijo el subsecretario de Emergencia y Defensa Civil, Jorge Luque.
Desde la municipalidad se recordó que el Concejo introdujo modificaciones en el Anexo I de la Ordenanza N° 7453, que regula los requisitos y condiciones en habilitaciones comerciales en lo que respecta al almacenamiento, depósito y venta de objeto de pirotecnia. De esta manera se incluye la prohibición de la venta, utilización, tenencia y/o fabricación de los tipos de artificios pirotécnicos denominados: morteros con bombas, bombas de estruendo o de iguales características.
Prohibiciones y sanciones
"La iniciativa tiene el objetivo de mejorar la convivencia en la ciudad ya que el impacto sonoro de este tipo de artificios pirotécnicos provoca inconvenientes a personas con autismo, a quienes padecen enfermedades, a los recién nacidos y a las mascotas. Como asimismo erradicar una forma de recreación riesgosa para la integridad física y psicológica" dijo el subsecretario de Seguridad y Justicia, Roberto Gronda.
Las sanciones establecidas para quienes infrinjan la normativa corresponden a una multa de entre 50 y 250 litros de nafta común. En tanto para quien reincidiere por primera vez será de 250 a 500 litros de nafta común y como accesoria, si correspondiere, clausura por tiempo indeterminado o retiro temporaria de la autorización. Quien incurriere en segunda reincidencia será sancionado con multa de 500 a 750 de litros de nafta común y de corresponder, clausura definitiva o revocación del permiso de venta.
Además la normativa vigente establece la prohibición de la venta de artefactos o elementos de pirotecnia en puestos fijos o ambulantes, en la vía pública como así también a menores de 14 años. Tampoco podrán existir depósitos o venta de pirotecnia en los locales comerciales donde se comercialicen sustancias combustibles de cualquier tipo.
Se prohíbe además la venta o tenencia de artificios pirotécnicos que no se encuentren registrados en la Dirección General de Fabricaciones Militares, sean estos de origen nacional o extranjero.
Para mayor información puede contactarse a la Dirección General de Inspecciones, sita en avenida Italia Nº 897 o comunicándose al teléfono Nº 4458323.
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