Jueza civil ordenó garantizar el servicio en el Registro de la Propiedad Inmueble
En 48 horas el Poder Ejecutivo deberá informar de qué manera garantizará la atención en dicho servicio.
La juez del Juzgado Civil y Comercial Nro. 4, María Eugenia Barranco Cortés, dictó hoy una sentencia favorable al Colegio de Escribanos que ordena al Poder Ejecutivo de la Provincia del Chaco que garantice el Servicio Público Registral, en el término de dos días: en 48 horas deberá informar al Tribunal las medidas adoptadas para restablecer el servicio y garantizar su continuidad.
La medida judicial ordena “al Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia del Chaco y/o Poder Ejecutivo de la provincia del Chaco que en el término de 2 días, de notificado adopte las medidas necesarias que mínimamente permitan el funcionamiento del Servicio Público Registral, ello interín se dirime el fondo de la cuestión planteada por la acción de amparo, librándose oficio acompañando copia de la presente y haciéndose haber que deberá informar a este juzgado acera de las medidas ante la afectación adoptadas en el término de dos días de notificado”.

La jueza considera que la falta de servicio afecta el derecho de acceso a la vivienda, por lo que “en cumplimiento de la orden judicial colectiva alegada por el Colegio de Escribanos”, dictaminó la resolución en función “del derecho a trabajar de los escribanos, así como también del derecho de los usuarios del servicio registral, principalmente afectados hoy en momentos en que existen numerosos trámites de préstamos hipotecarios que dependen de la actividad de los registros para concretarse”.
Por otro lado, el Colegio de Escribanos pidió que se tengan en cuenta también que esta paralización dilatada de la actividad registral en la provincia afecta la seguridad jurídica y al tráfico inmobiliario.










